Economia del conocimiento
May 23 - 2021
El conjunto de actividades productivas que utilizan la información y los avances derivados de la ciencia y la tecnología para generar valor y ofrecer a la sociedad nuevos productos y servicios, que pueden ser aprovechados por todas las ramas de la producción y mejoran la calidad de vida de las personas.
Si te dedicás al desarrollo de software, producción o postproducción audiovisual, biotecnología, servicios geológicos y de prospección, servicios relacionados con la electrónica y las comunicaciones, servicios profesionales, nanotecnología y nanociencia, industria aeroespacial y satelital, tecnologías espaciales, ingeniería nuclear o soluciones 4.0, inscribite en el Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de la Promoción de la Economía del Conocimiento y accedé a estos beneficios:
Bono para pagar impuestos nacionales correspondiente al 70% de las contribuciones patronales sobre el personal dedicado a las actividades promovidas. El descuento será del 80% para las empresas que a partir de su inscripción contraten:
Sólo las empresas exportadoras podrán utilizar el bono para pagar el Impuesto a las Ganancias.
Descuento de hasta el 60% del Impuesto a las Ganancias, según el tamaño de empresa.
Exención del pago de Derechos de exportación para las empresas del sector servicios.
Los beneficios van a estar vigentes por 10 años. Vas a tener que validar tu inscripción al Registro cada 2 años y realizar presentaciones anuales para acreditar que seguís cumpliendo los requisitos para ser beneficiario del Régimen.
Acreditar que un 70% de la facturación total proviene de la Economía del Conocimiento o demostrar que estas actividades son incorporadas transversalmente a sus procesos productivos.
Cumplir 2 de estas condiciones:
Estar constituido como persona jurídica.
Estar inscripto en el RUMP.
No tener deudas fiscales, previsionales, laborales ni gremiales.
Tener CUIT y clave fiscal nivel 3 en AFIP.
Contar con Trámites a Distancia (TAD) asociado a AFIP.
Si vas a realizar el trámite en nombre de una empresa, necesitás realizar la delegación de servicios vía AFIP.
Las micro empresas con antigüedad menor a 3 años o que no cuenten con ninguna facturación, únicamente tendrán como requisito realizar alguna de las actividades de la Economía del Conocimiento. Si deja de ser micro empresa o al transcurrir 4 años, deberá cumplir los requisitos comunes.
Si tu empresa no es adherente de la Ley de Software, ingresá a la página de AFIP y completá el Formulario 1278.
Ingresá a TAD con tu CUIT y clave fiscal nivel 3 o superior.
Si tu empresa fue beneficiaria de la Ley de Software, buscá el botón para ratificar tu adhesión al trámite.
Descargá y completá las Declaraciones Juradas pertinentes a tu empresa desde el botón “Detalles del Trámite” o en el resumen del mismo.
Iniciá el trámite y validá tus datos, siempre en representación de la empresa.
Adjuntá las Declaraciones Juradas que completaste.
Seleccioná "Confirmar trámite''.
Se va evaluar tu solicitud. Vas a recibir una notificación por TAD informándote el resultado.
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